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Destituyeron e inhabilitaron por 15 años a un policía que disparó y mató a dos civiles durante protestas en 2020

Según la Procuraduría, las acciones del patrullero de la Policía señalado representaron un claro “abuso de poder” que vulneró los derechos y acabó con la vida de las dos víctimas.

  • La Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 15 años a John Antonio Gutiérrez Rodríguez, patrullero de la Policia. FOTO: Colprensa
    La Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 15 años a John Antonio Gutiérrez Rodríguez, patrullero de la Policia. FOTO: Colprensa
  • Esta decisión en primera instancia ocurrió luego de comprobar que el patrullero accionó su arma de dotación de forma injustificada. FOTO: Colprensa
    Esta decisión en primera instancia ocurrió luego de comprobar que el patrullero accionó su arma de dotación de forma injustificada. FOTO: Colprensa
hace 2 horas
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La Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 15 años y seis meses al patrullero de la Policía John Antonio Gutiérrez Rodríguez, tras determinar su responsabilidad en la muerte de dos manifestantes durante las protestas sociales ocurridas el 9 de septiembre de 2020 cerca al CAI Verbenal, en el norte de Bogotá.

El Ministerio Público demostró en un fallo de primera instancia que, en el marco de las manifestaciones que se desarrollaban en la capital, el uniformado accionó su arma de dotación de forma injustificada y utilizó fuerza letal, impactando a dos de los civiles que se encontraban en el lugar y causándoles la muerte.

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En la argumentación de su decisión, el ente de control disciplinario aseveró que el patrullero Gutiérrez Rodríguez tenía el deber constitucional y legal de “velar por el goce y protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos, especialmente la vida”.

Asimismo, explicó que su función era salvaguardar todas las libertades, incluida la de manifestarse pública y pacíficamente, para lo cual debía evitar al máximo el uso de la fuerza y limitarla al mínimo estrictamente necesario.

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La Procuraduría concluyó que el comportamiento del uniformado representó un claro abuso de poder que atentó de manera directa contra los derechos fundamentales de las víctimas.

Según el fallo, el policía utilizó el poder coercitivo que le otorga el Estado, no para cumplir su misión de proteger a la ciudadanía o restaurar el orden, sino para agredir de forma letal y sin una justificación válida a los manifestantes.

Este actuar, según el organismo, vulneró “el respeto mínimo que toda vida humana merece en una sociedad democrática”. Por la gravedad de los hechos y las pruebas recaudadas, la falta del patrullero fue calificada como gravísima, cometida a título de dolo, lo que implica que hubo intención en su conducta.

Las protestas del 9 de septiembre de 2020 se desataron en Bogotá y otras ciudades del país tras conocerse la muerte del ciudadano Javier Ordóñez mientras se encontraba bajo custodia de agentes de la Policía en un CAI del barrio Villa Luz.

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Esa noche se registraron masivas manifestaciones, muchas de las cuales se concentraron frente a los Comandos de Atención Inmediata (CAI) en diferentes localidades. Fue en ese contexto de alta tensión social, en inmediaciones del CAI Verbenal, donde el patrullero Gutiérrez Rodríguez, según la investigación disciplinaria, abrió fuego con su arma de reglamento.

Esta decisión en primera instancia ocurrió luego de comprobar que el patrullero accionó su arma de dotación de forma injustificada. FOTO: Colprensa
Esta decisión en primera instancia ocurrió luego de comprobar que el patrullero accionó su arma de dotación de forma injustificada. FOTO: Colprensa

El resultado de su acción fue la muerte de dos personas, hechos que ahora motivan la severa sanción impuesta por la Procuraduría. La decisión de destituir e inhabilitar al patrullero John Antonio Gutiérrez Rodríguez corresponde a un fallo de primera instancia.

Esto significa que la defensa del uniformado podrá interponer un recurso de apelación para que el caso sea revisado por una instancia superior dentro de la misma Procuraduría, que tendrá la última palabra sobre la sanción.

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