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Ordenan arresto contra director de la Dian y cuatro funcionarios por desacato a tutela sobre concurso de méritos

El Tribunal Administrativo de Antioquia confirmó arresto de cinco días contra el director de la Dian y altos funcionarios por incumplir fallo de tutela.

  • El director (e) de la Dian, Luis Eduardo Llinás. FOTO: Cortesía.
    El director (e) de la Dian, Luis Eduardo Llinás. FOTO: Cortesía.
hace 4 horas
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El Tribunal Administrativo de Antioquia confirmó la orden de arresto por cinco días contra el director (e) de la Dian, Luis Eduardo Llinás Chica, y cuatro altos funcionarios de la entidad, por desacatar un fallo de tutela que ordenaba nombrar en período de prueba a candidatos de la lista de elegibles del concurso de méritos realizado en 2023.

Los sancionados deberán además pagar una multa equivalente a cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), es decir, $7.117.500 cada uno, dinero que irá al Tesoro Nacional, como lo reveló La W.

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Los funcionarios sancionados y los exonerados

El arresto y la multa recaen sobre:

-Pedro José Arrieta Meléndrez, director de Gestión Corporativa.

-David Gustavo Suárez Castellanos, director de Gestión Estratégica y de Analítica.

-Carlos Andrés Vargas García, subdirector de Gestión del Empleo Público.

-Diana Constanza Pérez Vargas, subdirectora de Desarrollo del Talento Humano.

En contraste, el Tribunal revocó las sanciones contra los funcionarios de nivel profesional Jaime Eduardo González Córdoba, Claudia Milena Bonilla Martín, Eddy Alberto Santiago Ramírez y contra Danny Haiden López Bernal, al determinar que “no tenían capacidad decisoria para cumplir con el fallo”.

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El director (e) de la Dian, Luis Eduardo Llinás.
El director (e) de la Dian, Luis Eduardo Llinás.

¿Cómo empezó el caso? La tutela de un aspirante

La controversia inició cuando Juan David Jiménez Barreto interpuso una acción de tutela contra la Dian y la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC), alegando vulneración de sus derechos al debido proceso, igualdad y acceso a la carrera administrativa.

El juez Primero Administrativo Oral del Circuito de Medellín ordenó a la Dian, en un plazo de 48 horas, reportar las vacantes a la CNSC, solicitar autorización y proceder a nombrar a los aspirantes de la lista de elegibles de la Resolución 14162 del 31 de julio de 2024, para el cargo de Gestor I, código 301, grado 1, en vacantes ocupadas provisionalmente.

La CNSC también recibió la instrucción de autorizar el uso de la lista dentro de 48 horas, y la Dian debía hacer los nombramientos inmediatamente después de esa autorización.

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Del desacato al arresto: cronología judicial

-10 de julio de 2025: Jiménez Barreto presentó incidente de desacato, alegando incumplimiento del fallo.

-18 de julio: el juez abrió formalmente el incidente contra los funcionarios de la Dian.

-25 de julio: la Dian respondió que había solicitado el uso de la lista desde marzo y que la CNSC autorizó en abril el nombramiento de 115 vacantes. Argumentó que la demora obedecía a un estudio sobre funcionarios provisionales con estabilidad laboral reforzada.

-31 de julio: el juez declaró en desacato a los funcionarios y les impuso arresto de cinco días y multa de cinco salarios mínimos.

-6 de agosto: el Tribunal Administrativo de Antioquia confirmó la sanción.

-14 de agosto: el juez libró la orden de arresto y envió la multa a cobro coactivo.

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La defensa de la Dian: “Las órdenes son materialmente imposibles”

Tras conocerse la orden de arresto, la Dian emitió un comunicado en el que calificó de materialmente imposibles de cumplir las órdenes de los jueces.

La entidad explicó que desde el concurso de méritos cientos de personas han interpuesto tutelas para exigir sus nombramientos, lo que ha generado un choque con la planta provisional.

Según sus cálculos, cumplir indiscriminadamente estas decisiones implicaría retirar a 395 funcionarios provisionales, lo que abriría la puerta a demandas laborales.

Además, señaló que algunos jueces han ordenado usar listas de elegibles en perfiles distintos a los ofertados o incluso beneficiar a personas que no hicieron parte del concurso, algo que, asegura la Dian, solo puede hacer la Corte Constitucional.

En palabras de la entidad: “Estas decisiones desconocen la planeación institucional, obligan a nombrar personas que ocupan los últimos lugares de las listas, usar vacantes previstas en concursos futuros y afectar la distribución que, por ley, es competencia del director general de la Dian”.

La DIAN sostiene que en los últimos cinco años ha nombrado a 6.391 funcionarios en vacantes ofertadas y a 3.272 en vacantes no ofertadas, usando el mecanismo de listas de elegibles.

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