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Alertan que reforma tributaria recaudaría $7,8 billones a costa de los departamentos y no de la Nación

El Observatorio Fiscal de la Javeriana advirtió que los recursos de impuestos a licores y cigarrillos no deberían financiar el Presupuesto General de la Nación, pues son ingresos departamentales.

  • El Observatorio recordó que la reforma tributaria solo puede equilibrar el PGN mediante tributos nacionales, por lo que modificar impuestos cedidos a los departamentos desborda ese mandato. Foto: ARCHIVO
    El Observatorio recordó que la reforma tributaria solo puede equilibrar el PGN mediante tributos nacionales, por lo que modificar impuestos cedidos a los departamentos desborda ese mandato. Foto: ARCHIVO
hace 5 horas
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La nueva reforma tributaria presentada por el Gobierno del presidente Gustavo Petro busca cubrir parte del déficit del Presupuesto General de la Nación (PGN) de 2026, estimado en $557 billones. De esa cifra, $26,3 billones —equivalentes al 1,4% del PIB— dependen de nuevas medidas tributarias, de las cuales el 28% provendría de ajustes a los impuestos al consumo de alcohol y tabaco.

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Según las proyecciones, el recaudo adicional del PGN pasaría de $26,3 billones en 2026 a $37 billones en 2030. Solo el rubro de alcohol y tabaco aportaría $7,8 billones en 2026 y llegaría a $10 billones en 2030. Sin embargo, actualmente esos impuestos corresponden a los ingresos de los departamentos y del Distrito Capital.

¿Gobierno busca convertir impuestos de licor y cigarrillos en rentas nacionales?

De acuerdo con Observatorio Fiscal de la Universidad Javeriana, esto abre dos interrogantes: ¿el Gobierno busca convertir estos tributos en rentas nacionales o, por el contrario, ese ingreso adicional se terminará aplazando del PGN el próximo año?

Y es que, en 2024, los impuestos al consumo de alcohol y tabaco fueron la principal fuente tributaria de los departamentos: aportaron $5,4 billones, equivalentes al 43% de sus ingresos propios. En Bogotá sumaron $700.000 millones, lo que elevó el total nacional a $6,1 billones. Según el Observatorio, la reforma tributaria, entonces, implicaría más que duplicar este recaudo.

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El problema, indicó el análisis, es que estos recursos son clave para financiar salud, educación y deporte en los departamentos del país.

“En departamentos con baja capacidad fiscal, como Chocó, Vichada o La Guajira, constituyen un pilar del presupuesto. Por eso, que el Gobierno los presente como ingresos nacionales no solo desconoce la dependencia territorial, sino que también genera tensiones con las autoridades regionales”, señaló el Observatorio de la Javeriana.

Impuestos cedidos a departamentos: por qué no pueden financiar el Presupuesto Nacional

Actualmente, los recursos recaudados por alcohol y tabaco tienen destinaciones específicas.

En licores, el 37% va a salud y el 3% a deporte; en cervezas, el 8% se dirige al aseguramiento en salud y a la red hospitalaria; y en tabaco, se destinan a salud y a la atención de población vulnerable.

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De esta manera, desde el Observatorio Fiscal de la Javeriana advirtieron que los recursos adicionales por estas modificaciones no deberían financiar el Presupuesto General de la Nación, pues son ingresos departamentales.

Recordaron que, según el artículo 347 de la Constitución, la reforma tributaria solo puede equilibrar el PGN mediante tributos nacionales, por lo que modificar impuestos cedidos a los departamentos desborda ese mandato.

¿Reforma tributaria territorial?

Aunque los cambios planteados persiguen fines loables de salud pública, el Observatorio consideró que el canal adecuado sería una reforma tributaria territorial, discutida de manera explícita entre la Nación y los territorios, reconociendo la titularidad de la renta y su destinación.

Además, agregó, ajustes tan drásticos en estos gravámenes pueden generar efectos indeseados, como un aumento del contrabando.

A esta preocupación se suma la complejidad del sistema que regula los impuestos al consumo de alcohol y tabaco, el cual articula a múltiples instituciones y niveles de gobierno. El Congreso define las reglas básicas, mientras que el Ministerio de Hacienda y el Dane certifican precios y tarifas.

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En el ámbito territorial, las secretarías de Hacienda departamentales gestionan y fiscalizan el recaudo, y la Federación Nacional de Departamentos administra la información y la trazabilidad.

A la par, la Dian y la Policía Fiscal y Aduanera combaten el contrabando, el Ministerio de Salud y la Adres velan por la correcta destinación de los recursos a la salud, y las Contralorías junto con la Fiscalía ejercen control y sancionan la evasión.

En conjunto, este entramado demuestra que estos impuestos van mucho más allá de ser simples gravámenes de recaudo: son el pilar de un sistema interinstitucional que conecta política fiscal, salud pública y control territorial.

Así funcionan hoy los impuestos al consumo de alcohol y tabaco en Colombia

Los impuestos al consumo de alcohol y tabaco fueron cedidos de manera permanente a los departamentos mediante la Ley 223 de 1995, y en 2016 la Ley 1816 los ajustó y definió destinaciones específicas.

En el caso de cigarrillos y tabaco elaborado, el gravamen recae sobre el consumo en cada departamento y deben responder productores, importadores, distribuidores, transportadores y expendios sin soporte de procedencia.

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La base del impuesto es el precio de venta al público certificado por el Dane. El diseño es mixto: en 2024 incluye un componente específico de $3.725 por cajetilla de 20 unidades y $297 por gramo de picadura, más un 10% adicional sobre el precio final de venta (ad valorem). Las tarifas aumentan cada año con el IPC más cuatro puntos.

En cuanto a cervezas, sifones, refajos y mezclas, el impuesto se calcula sobre el precio de venta al detallista en el caso de las nacionales, y sobre el valor en aduana más 30% para las importadas.

La tarifa es del 48% para cervezas y sifones (incluido un 8% de IVA) y del 20% para refajos y mezclas, que no incluyen IVA. Una excepción son las cervezas con menos de 2,5 grados de alcohol, que están clasificadas como alimento y no pagan este tributo.

Por su parte, los licores, vinos y aperitivos combinan un componente específico y otro ad valorem. En 2024, el primero corresponde a $325 por grado de alcohol en licores y $220 en vinos, mientras que el segundo es del 25% en licores y del 20% en vinos. Los precios de referencia son certificados por el Dane.

Lo que propone la reforma tributaria

En la exposición de motivos, el Gobierno sostiene que el consumo de alcohol y tabaco genera graves problemas de salud y que los impuestos son una herramienta costo–efectiva para reducirlo. Con esa justificación, plantea un rediseño para incrementar el recaudo y desincentivar el consumo:

Alcohol: unificación del impuesto para todas las bebidas, con base en el precio al consumidor certificado por el Dane. El ad valorem subiría al 30%, mientras que el componente específico sería de $1.000 por grado alcohólico por litro, con ajuste anual del IPC más cuatro puntos. Además, el IVA pasaría del 5% al 19%.

Cerveza: el hecho generador se ampliaría para incluir cervezas sin alcohol. La tarifa específica sería de $330 por grado alcohólico en una unidad de 330 cc, más un ad valorem del 30%.

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Cigarrillos y derivados: se mantiene el ad valorem del 10% y se crea uno del 30% para vapeadores. El componente específico subiría: la cajetilla de 20 unidades pasaría de $4.068 a $11.200, y el tabaco suelto de $324 a $891 por gramo. Los vapeadores líquidos pagarían $2.000 por mililitro.

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